INTERVENCIÓN DE AUCAN HUILCAMAN ANTE COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHO HUMANOS 28 de enero 2020

Aucán Huilcaman llama a desarticular Paz en La Araucanía tras ...
Aucan Huilcaman.




INTERVENCIÓN DE AUCAN HUILCAMAN ANTE COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHO HUMANOS 28  de enero 2020
 
La Organización Mapuche Consejo de todas las Tierras saluda y da la Bienvenida a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH. Vuestra presencia en el Territorio Mapuche confirma la preocupación permanente sobre la situación de derechos humanos de todas las personas del hemisferio y en particular de los Pueblos Indígenas.

La situación Mapuche y la vulneración sistemática de sus derechos no se deriva únicamente en el contexto del estallido social, sino cuya situación se deriva de la denominada “Pacificación de la Araucania” que significó la invasión militar de parte del Estado chileno al Pueblo Mapuche y su territorio.

Los actos coercitivos militares se efectuaron desde 1860 y se consumaron en 1881, en donde se cometió el crimen de Genocidio; se implementó la política de ocupación, confiscación y toma del territorio Mapuche y sus recursos del cual se derivan las actuales tensiones y controversias en el Sur; del mismo modo se afectó significativamente la cultura Mapuche en el ámbito tangible e intangible y asimismo, se conculcó el derecho de autodeterminación del Pueblo Mapuche.

En estos tres asuntos fundamentales, como es el Genocidio, la Toma y Confiscación del Territorio Mapuche y sus recursos y el Daño Cultural, hemos planteado a los diferentes gobiernos del Estado de Chile pos- dictadura militar que se establezca una Comisión de Esclarecimiento Histórico Mapuche.

Señores y señoras Comisionados/as
Quisiera subrayar que los Mapuche disponemos de un conjunto de Tratados celebrados con el Sistema Hispano y el Estado Chileno y que ha sido reconocido en dos Normas del derecho internacional y muy especialmente en la Declaración América sobre los derechos de los Pueblos Indígenas derecho que salvaguardan la soberanía territorial Mapuche y el articulo 24 inciso 2.- Cuando las controversia dichos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos, estas serán sometidas a los órganos competentes, incluidos los órganos regionales e internacionales, por los Estados o Pueblos Indígenas interesados” Del cual anunciamos que daremos los pasos correspondientes para pedir su respeto e implementación tanto en los órganos jurisdiccionales internacionales para resolver las tensiones en materia de tierras..

Señores ,ras Comisionados y Comisionadas,
Informamos formalmente a Uds. Que los Mapuche hemos iniciado un Proceso Orgánico de implementación del derecho a la Libre determinación. En este sentido, hemos realizado la Primera Sesión de la Asamblea Constituyente Mapuche el 30 Nov. Del 2016 y la Segunda Sesión la hemos efectuado los días 11 y 12 dic. de 2019 en el Cerro Ñielol, aquí en el corazón del Territorio Mapuche. En esta última Sesión hemos comenzado a redactar un Estatuto que describe el Sistema de Gobierno, sus facultades, sus instituciones, sus propósitos, su función en el ámbito nacional y multilateral y establece varias disposiciones sobre la relación con el Estado Chileno. En esta oportunidad haré entrega a vuestra Comisión formalmente las Bases fundamentales del Estatuto de Autodeterminación Mapuche. Esto indica que en este Territorio va a nacer un Gobierno al Amparo del derecho internacional y esperamos que tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos conozca el ejercicio de este derecho y la Organización de Estados Americanos OEA reconozca dicho Gobierno.

Distinguidas y distinguidos integrantes de la CIDH,
A raíz del denominado y conocido Estallido Social en Chile, los partidos políticos presentes en el Parlamento Chileno han adoptado un acuerdo que se identifica como Acuerdo por La Paz y la Nueva Constitución. Y en este contexto los partidos políticos han ofrecido Escaños Reservados a personas de los Pueblos Indígenas, mediante un proyecto de reforma constitucional que hoy descansa en la Comisión de Constitución, justicia legislación y Reglamento del Senado de Chile. Los Escaños Reservados han constituido una práctica jurídico constitucional en varios países de América Latina y no han resuelto una relación aceptable entre un Estado determinado y los Pueblos Indígenas, esto indica que no es la fórmula política para resolver las tensiones y controversias, sino el reconocimiento e implementación del derecho a la Libre determinación. La discusión en el Senado de la República de Chile vulnera el derecho de Autodeterminación Mapuche y de los Pueblos Indígenas, omiten el derecho internacional y vulneran la Consulta Indígenas. El Parlamento Chileno no podría adoptar normas contraviniendo el derecho internacional, contraviniendo el derecho a la Libre determinación Mapuche, ni contraviniendo el derecho previo libre e informado. En este sentido, le hemos pedido formalmente al Parlamento que reconozca y acepte el Proceso Constituyente Mapuche que hemos iniciado en el Cerro Ñielol. Por lo mismo, pedimos a la CIDH que recomiende al Estado de Chile que reconozca y acepte el Proceso Constituyente que cada Pueblo indígena defina.

Finalmente, quisiera referirme en breve al Caso N.11.856 “Aucan Huilcaman y Otros” que radica en la Comisión Interamericana desde 1998, a pesar que se han realizado audiencia confidenciales no se ha tomado una decisión clara de reparar el daño causado en la violación masiva a los derechos humanos y los plazos continuos a favor del Estado de Chile pareciera una manera de dilatar y no comprometerse con los derechos humanos.





AUCAN HUILCAMAN PAILLAMA
Encargado de las Relaciones Internacionales
Consejo de Todas las Tierras 


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